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🧬 LA NEURO-JURISPRUDENCIA DEL TRAUMA INVISIBLE: VIOLENCIA PSICOLÓGICA ENTRE EL DIAGNÓSTICO CIENTÍFICO Y LA IRRETROACTIVIDAD

Debemos dejar de percibir la Violencia Psicológica como un drama emocional subjetivo. Es, en esencia, un trauma biológico, una lesión invisible grabada en el cerebro que la ley está obligada a reconocer. El hecho de que esta violencia sea utilizada como estrategia legal (especialmente en el ámbito familiar) no invalida su existencia, sino que confirma la urgencia de que la justicia se adapte a la ciencia del daño inmaterial. La pregunta ética no es si podemos castigar a nuestros ancestros, sino si tenemos la responsabilidad de detener hoy la cadena de daño que ellos normalizaron.

 La NOM-046-SSA2-2005 (México) define la violencia psicológica como la acción que provoca alteraciones psicológicas o trastornos psiquiátricos. La evidencia confirma que el daño psíquico es cuantificable y deja huellas que la ley ya no puede ignorar. 🧠⚖️

La violencia psicológica requiere un análisis tridimensional: la biología de la lesión, la respuesta legal y la ética de la temporalidad.

La violencia psicológica es indiscutiblemente real porque altera la estructura del cerebro. No es la palabra lo que hiere, sino la cascada neuroquímica de estrés crónico que esa palabra desata.

La alta incidencia de denuncias de violencia psicológica en el derecho de familia, a menudo presentadas por mujeres, se explica por la deuda histórica del sistema legal con la violencia invisible.

  • La ley ha tenido que crear un marco específico, como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (México), precisamente porque la violencia psicológica es la forma más común y normalizada de violencia familiar contra la mujer.

  •  El uso de la denuncia no es una "estrategia de manipulación", sino la vía necesaria para judicializar un daño que la ley tardó siglos en reconocer. La mujer se ve obligada a utilizar el diagnóstico como el único recurso para demostrar que el "maltrato" no es un simple desacuerdo conyugal, sino un patrón de daño sistemático.

La demanda de castigo a los padres o abuelos por las "correcciones normales" de su época colapsa ante el pilar de la jurisprudencia moderna.

  •  La ley es categórica en el principio de irretroactividad. Ningún ciudadano puede ser juzgado por un acto que no constituía un delito en el momento en que fue cometido. Aunque el daño es real y se transmite generacionalmente (el patrón de trauma), el sistema legal no puede anular este principio sin caer en el caos.

  • La violencia es un continuum que se normalizó. El verdadero trabajo no es perseguir la sombra de los ancestros con la ley moderna, sino utilizar la ciencia actual (el conocimiento del TEPT y el daño cerebral) para romper ese continuum en el presente. Nuestra responsabilidad es dejar un marco legal donde las "correcciones normales" de hoy sean inadmisibles para las generaciones futuras.

Nosotros observamos el mapa del cerebro y aceptamos la urgencia de la verdad: ¿No experimentamos la certeza de que el trauma es hereditario y que el silencio es la peor forma de reincidencia? Nosotros entendemos que la ley puede ser lenta, pero la biología no perdona. La justicia no es vengar el pasado, sino proteger el futuro de la repetición.

Sabiendo que la ley no puede castigar el pasado, ¿qué acto de valentía y conciencia ejecutarás hoy para detener la transmisión del trauma en tu propia línea de descendencia?


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